miércoles, 11 de enero de 2012

NORMAS DEL CENTRO: PUNTUALIDAD Y RETRASOS


La siguiente circular con fecha 11 de febrero de 2012 será leída y comentada por los tutores en cada clase para conocimiento de los alumnos.

Por la presente se informa a toda la comunidad educativa del IES Virgen de la Esperanza sobre el protocolo que se seguirá  respecto a la entrada de alumnos al centro a partir del 23 de enero de 2012.

La jornada escolar comienza a las 8:30 horas de la mañana; por tanto, alumnos y profesores deben estar ya en las aulas a esa hora para comenzar las clases. En cualquier caso, atendiendo a posibles contingencias, las puertas del centro permanecerán abiertas durante un tiempo prudencial de 10 minutos más bajo la supervisión de un profesor de guardia y un miembro del equipo directivo.

Pasadas las 8:40 los alumnos que pretendan entrar al Cetro deberán solicitarlo al personal de la conserjería y podrán acceder al recinto bajo supervisión de un profesor de guardia que lo remitirá al Aula de Atención a Alumnos (Aula 14), donde deberá esperar el comienzo de la siguiente hora lectiva para poder incorporarse a su aula. Este procedimiento se seguirá durante toda la jornada escolar.

El paso por el Aula 14 es obligatorio para todos los alumnos que accedan al centro después de las 8:40 ya que será aquí donde se realice el registro y control de alumnos que llegan tarde y donde se le autorizará a acceder al aula a la siguiente hora. 

Para acceder a la clase a la siguiente hora el alumno deberá llevar una nota acreditativa de que ha estado en el Aula 14 la hora anterior firmada por el profesor de guardia. Ningún alumno debe ser admitido en clase si se observa que ha faltado la hora u horas anteriores y no acredita que ha estado en el Aula 14. Esta incidencia debe ser comunicada inmediatamente a la Jefatura de Estudios.   

Los retrasos deben justificarse ante el tutor verbalmente y si es posible documentalmente en el plazo máximo de 24 horas. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna justificación.

El retraso se considera una falta contraria a las normas de convivencia que será sancionada con una amonestación y advertencia verbal por parte de los  profesores que estén de guardia en la puerta y el Aula 14. Tres retrasos injustificados en el plazo de treinta días naturales se considerará reincidencia en faltas contrarias a las normas de convivencia y por lo tanto gravemente contraria a dichas normas, por lo que será sancionada inmediatamente según lo previsto en el  Decreto de 23 de enero de 2007 de la Consejería de Educación.

Se consideran justificables aquellos retrasos motivados por causas médicas, de enfermedad y deberes de inexcusable cumplimiento puedan demostrarse documentalmente. Las alegaciones de cualquier otro tipo, verbales o por escrito, que los padres puedan hacer ante los tutores solo serán admitidas de forma excepcional y con conocimiento de la Jefatura de Estudios.



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